Sin presidenta investida

Cuatro meses llevamos los andaluces con un gobierno en funciones. El récord mundial lo ostenta Bélgica que estuvo así durante un año y medio. Lo curioso fue que este país logró crecer, incluso, redujo sus proyecciones de déficit. De momento, hasta la primera semana de julio tiene Susana Díaz para alcanzar un acuerdo con el resto de formaciones políticas del arco parlamentario. De no lograrlo el estatuto de autonomía establece la convocatoria de unas nuevas elecciones.


Curioso es lo que está ocurriendo en Andalucía, por aquello que llevamos con un gobierno en funciones desde que se disolviera el pasado 26 de enero para la convocatoria de unas elecciones anticipadas, el pasado 22 de marzo. Al romper el PSOE  el pacto de gobierno con Izquierda Unida, aludiendo falta de estabilidad. Han pasado ya cuatro meses y seguimos en las mismas, a pesar de que los comicios se celebraron hace ya casi dos meses. Se han producido tres sesiones de investidura fallidas para la elección de la candidata socialista, Susana Díaz, y en estos momentos ni siquiera se  tiene fecha el siguiente intento.

Por eso, me pregunto si está situación se puede mantener indefinidamente en el tiempo o si esto ha ocurrido antes. Y cuáles son las limitaciones de un gobierno en funciones.

 Plazos en los que nos movemos

Sabemos que ya se han producido 3 sesiones para la investidura de un presidenta electa de las Cortes Autonómicas, y en todas ellas se ha repetido el mismo resultado, 47 votos a favor de Susana Díaz que corresponde a los parlamentarios socialistas y 62 en contra, todos ellos de la oposición en bloque. Esto es 33 del PP, 15 de Podemos, 9 de Ciudadanos y 5 de Izquierda Unida.

En estos momentos, bastaría con una mayoría simple. Es decir,  un número de votos afirmativos superior al número de los negativos, sin contar las abstenciones, los votos en blanco y los nulos.  Por lo que las combinaciones para que la socialista pudiera ser elegida son múltiples, desde que el PP se abstuviera, o que Podemos o Ciudadanos les diera su voto a favor.  Con esto bastaría, pero, las negociaciones está claro se encuentran en punto muerto, y más ahora tras la irrupción del caso Aznalcóllar y en plena campaña electoral.

Recordemos que ya estando en pre-campaña, y por tanto, en funciones el Gobierno de Susana Díaz otorgó a una empresa la explotación de esta mina,  cerrada desde 1998 por uno de los mayores desastres ecológicos que ha sufrido Doñana. Una jueza,  tras la denuncia de una de las empresas que se presentaron a concurso, dice que concedió de manera irregular sin que la nueva adjudicataria cumpliera los requisitos necesarios.

Como vemos la situación cada vez se va complicando más. Lo que sabemos que pueden estar convocando sesiones de investidura hasta dos meses después de que se celebrase la primera, según recoge el Estatuto de Autonomía en su artículo 118.

«Caso de no conseguirse dicha mayoría, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista anteriormente. Si, transcurrido el plazo de dos meses a partir de la primera votación, ningún candidato hubiera obtenido la mayoría simple, el Parlamento quedará automáticamente disuelto y el Presidente de la Junta en funciones convocará nuevas elecciones«.

Entonces, si la primera sesión se desarrolló el 4 de mayo tiene como límite la primera semana de julio para investirse presidenta.  Y si no lo consigue en ese plazo máximo tiene que convocar unos nuevos comicios. Incluso, algunos barajan septiembre para estas posibles elecciones. Opción que no se descarta a tenor de las últimas declaraciones de los líderes políticos regionales. El matiz está en cada uno hace interpretaciones distintas de los porqués se ha llegado a este bloqueo institucional, unos culpan a Díaz y los otros a la oposición, que no pone de su parte para alcanzar un acuerdo. Incluso, los populares la tachan de prepotente.

Pasillos del Parlamento Andaluz. Autor: Adán Sánchez de Pedro
Pasillos del Parlamento Andaluz. Autor: Adán Sánchez de Pedro

 Ocurrió antes

Si  buscamos en el pasado para encontrar una situación lo más similar posible a la actual la encontramos en 1.994 cuando Manuel Chavés fue elegido presidente en tercera votación. Entonces fue Izquierda Unida la que dio el poder a través de una fómula más o menos discutible. Los 20 diputados  de esta formación dijeron a viva voz que no participaban en la votación cuando fueron nombrados uno a uno, por lo que sus votos fueron declarados nulos. Y de esta forma el PSOE lograba la mayoría simple que necesitaba para la investidura de su candidato.  

Esta etapa es conocida como la de «la pinza». Llamada así porque los socialistas gobernaron en minoría, y en determinadas ocasiones tanto IU como PP votaban en contra de las propuestas del Gobierno, lo que hacía imposible gobernar al ser rechazadas por la mayoría de la oposición. Es más, finalmente, no se pudo agotar la legislatura y dos años más tarde fueron convocadas elecciones anticipadas.

Por otro lado, ya hemos visto que el Gobierno Andaluz está ahora mismo en funciones  y lleva así,  como hemos dicho anteriormente,  unos cuatro meses aproximadamente. Pues bien, aún  le falta bastante para alcanzar en tiempo  al que ostenta el récord mundial. Investigando por la red encontramos que este dudoso honor lo tiene Bélgica. Estuvo un año y medio con un Ejecutivo en funciones, desde junio de 2010 a a finales de 2011. No se lograba un pacto para poder gobernar con plenitud.

Lo más interesante del tema fue que durante esos meses el país lograba crecer, redujo su proyección de déficit fiscal, ejerció la presidencia semestral de la Unión Europea  y envió aviones de guerra a un país en conflicto, Libia.

Parlamento Belga. Autor: leoplus
Parlamento Belga. Autor: leoplus

 Limitaciones de un gobierno en funciones

Llegados a este punto surge otra pregunta, ¿qué limitaciones tiene un gobierno en funciones como el andaluz?. Busquemos la respuesta. La encontramos en la Ley 6/2006 en su artículo 37. 4. De él extraemos varios apartados en que se advierte que el presidente/a en funciones no puede realizar las siguientes atribuciones:

«a) Designar o separar a las personas titulares de las Vicepresidencias o de las Consejerías. b) Crear, modificar o suprimir Vicepresidencias o Consejerías. c) Disolver el Parlamento de Andalucía. d) Plantear la cuestión de confianza.

5. El Consejo de Gobierno en funciones no podrá ejercer las siguientes facultades: a) Aprobar el proyecto de Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma. b) Presentar proyectos de ley al Parlamento de Andalucía.»

Eso sí,  tiene una gran ventaja que no puede ser sometido/a  a una moción de censura. En consecuencia su trabajo consiste únicamente en:  

«Facilitar el normal desarrollo del proceso de formación del nuevo Consejo de Gobierno y el traspaso de poderes al mismo, limitándose su gestión al despacho ordinario de los asuntos públicos de su competencia, salvo casos de urgencia o interés general debidamente acreditados».

En consecuencia, sí que existe un bloqueo institucional ya que no se pueden presentar proyectos nuevos. La labor de un gobierno en funciones, por tanto, se limita a cuestiones de meros trámites burocráticos que garanticen el funcionamiento de los servicios públicos, pero, poco más. Por fortuna, los presupuestos de la comunidad ya estaban aprobados antes de la cita electoral, por lo que se pueden ir ejecutando con normalidad.  

Fuentes y referencias

  1. Decreto de disolución del Parlamento Andaluz y convocatoria de elecciones.
  2. Resultados de las elecciones andaluzas 2015 y 2012.
  3. Mayoría simple
  4. Desastre de Aznalcóllar
  5. Estatuto de Autonomía de Andalucía
  6. Agenda del Parlamento de Andalucía 
  7. La cuarta legislatura de la Junta 
  8. Récord de un gobierno en funciones
  9. Bélgica y las ventajas de vivir sin un gobierno
  10. Ley 6/2006

patitas

 

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